Registro de Empresas de transporte
Las empresas dedicadas al transporte de alimentos deberán inscribirse en el Registro Sanitario de su Comunidad Autónoma. Dicha obligación afecta tanto al transporte de productos alimenticios a temperatura regulada como los restantes alimentos sin control de temperatura, así como los alimentos a granel.
En el artículo 2 del Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero, sobre Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos, se incluye la actividad de transporte entre las empresas y establecimientos alimentarios sujetos a inscripción
No se trata de inscribir los vehículos o los contenedores; se inscriben las empresas o trabajadores autónomos titulares de éstos.
Es importante tramitarlo rápido para poder serguir ofreciendo los servicios logísticos
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